Ayudamos a solicitar el asilo a todas las personas que necesiten protección internacional

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¿QUIÉN ES UN REFUGIADO?
Un refugiado es una persona que “debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él”.

Según el artículo 1.A.2 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951

¿QUIÉN ES UN REFUGIADO?

Un refugiado es una persona que “debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él”.



Según el artículo 1.A.2 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.
De refugiados
25,4 millones
3,1 millones
De solicitantes de asilo
258 millones
De personas migrantes internacionales
LOS DATOS MUNDIALES

¿A quién concede España protección internacional?

Es decir, a la persona que tenga un temor fundado a ser perseguida en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.
Persona refugiada o asilada
Es decir, a la persona que no es refugiada pero que no puede regresar a su país de origen por existir motivos fundados de que suponga un riesgo real de sufrir alguno de estos daños:

Persona extranjera
A los refugiados se les concede el derecho de asilo.
- Condena a pena de muerte.
- Tortura o tratos inhumanos o degradantes.
- Amenazas graves contra la vida o la integridad como consecuencia de situaciones de violencia indiscriminada.

Estas personas recibirán protección subsidiaria.
* Excepciones para los ciudadanos de la UE
* No se puede solicitar el refugio o asilo en varios países a la vez
En el puesto fronterizo

En el centro penitenciario
Aeropuerto, estación de tren
En la oficina de asilo y refugio
En la oficina de extranjeros

En la comisaría de policía

¿Dónde puedo solicitar la protección internacional?

En centros de internamiento de extranjeros

¿Cuándo puedo solicitar protección internacional?
Si está dentro del territorio español, tiene un plazo de 30 días desde la entrada al país o desde que se produzcan acontecimientos en que se justifique la solicitud.

¿CUÁNDO PUEDO SOLICITAR PROTECCIÓN INTERNACIONAL?

Si está dentro del territorio español, tiene un plazo de 30 días desde la entrada al país o desde que se produzcan acontecimientos en que se justifique la solicitud.

¿Cómo solicitar el refugio o asilo?

Solicitud
La solicitud se presenta personalmente. Si no puede hacerlo, por imposibilidad física o legal, podrá autorizar a una persona para que lo haga en su nombre.
Entrevista
Deberá contestar una serie de preguntas sobre sus datos personales, explicar todas las causas que le llevan a pedir protección internacional y cómo llegó a España. Dicha entrevista le será realizada por una persona responsable que le informará de cómo efectuarla y le ayudará a cumplimentarla para establecer los hechos relevantes.
Presentar oficialmente la solicitud

Puede realizar los siguientes trámites en la Oficina de Asilo y Refugio de Madrid (calle Pradillo):

Expedición o renovación de documentación

Información o entrega de documentación


A través de la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de Función Pública se puede solicitar cita previa.
Descargar la solicitud de protección internacional
Abajo puede descargar el formulario para la solicitud de protección internacional.
Si necesita cualquier tipo de ayuda para rellenar el formulario no dude en contactarnos.

Información sobre la petición de refugio y asilo

Direcciones útiles para los refugiados y asilados
Fases de la concesión de la protección internacional
¿De quién o qué organismo depende la resolución de mi caso?
Deberes del solicitante de refugio y asilo

Descripción de los derechos que tiene el solicitante de protección internacional
CRUZ ROJA, ACNUR, CEAR
Programas sociales, becas y ayudas


Autorización de residencia y trabajo
No ser devuelto al país de origen
Obtener documento de identidad y, en su caso, de viaje.

Derechos del refugiado o asilado

Acceso a programas de integración específicos y de retorno voluntario que se establezcan.
Servicios públicos de empleo, a la educación, asistencia sanitaria, asistencia y servicios sociales, a programas de atención a personas víctimas de violencia de género, a la seguridad social, a programas de integración, a la formación continua y trabajo en prácticas, y al procedimiento de reconocimiento de títulos académicos y profesionales en las mismas condiciones que los españoles.
Acceso a servicios públicos
Reducción en los plazos de acceso a la nacionalidad española para los refugiados.
Reagrupamiento de familiares directos.
Puedes contactar con nosotros para cualquier duda que tengas. ¡Nuestros especialistas te ayudarán enseguida! ¡Pide tu presupuesto!


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